Clasificación uniforme de actividades económicas Caracas, enero de 1961 CLASIFICACION UNIFORME DE ACTIVIDADES ECONOMICAS PARTE I División 0 ACTIVIDADES AGROPECUARIAS, SILVICULTURA, CAZA Y PESCA Agrupación 01 Agricultura 02 Silvicultura y extracción de madera. 03 Caza ordinaria y mediante trampas y repoblación de animales. 04 Pesca y piscicultura. División 1 HIDROCARBUROS Y EXPLOTACION DE MINAS Y CANTERAS 11 Explotación de carbón mineral. 12 Exploración y explotación de mineral de hierro. 13 Exploración y explotación de otros minerales metálicos. 14 Extracción de piedra, arcilla y arena. 15 Hidrocarburos. 19 Extracción de minerales no metálicos no clasificados en otra parte. Divisiones 2-3 INDUSTRIAS MANUFACTURERAS. 20 Industrias manufactureras de productos alimenticios, excepto las de bebidas. 21 Industrias de bebidas. 22 Industria del tabaco. 23 Industria textil. 24 Fabricación de prendas de vestir. 25 Industrias de la madera y del corcho, excepto la fabricación de muebles. 26 Industria del mueble y sus accesorios. 27 Industria del papel, cartón y sus productos. 28 Industria de las artes gráficas. 29 Industria del cuero y productos del cuero y piel, excepto el calzado y otras prendas de vestir. 30 Industria del caucho. 31 Industria química. 32 Fabricación de productos derivados del petróleo y del carbón. 33 Fabricación de productos de minerales no metálicos, excepto los derivados del petróleo y del carbón. 34 Industrias metálicas básicas. 35 Industrias metalúrgica, excepto maquinaria y equipo de transporte. 36 Industria de la construcción y reparación de maquinaria, excepto la maquinaria eléctrica. 37 Industria de la construcción y reparación de maquinaria, aparatos, accesorios y artículos eléctricos. 38 Industria de la construcción y reparación de material de transporte. 39 Industrias manufactureras diversas. Division 4 CONSTRUCCION 4.0 Construcción. División 5 ELECTRICIDAD, GAS, AGUA Y SERVICIOS SANITARIOS 51 Electricidad. 52 Gas y vapor. 53 Abastecimiento de agua. 54 Servicios sanitarios. División 6 COMERCIO E INSTITUCIONES FINANCIERAS 61 Comercio al por mayor. 62 Comercio al por menor. 63 Bienes inmuebles. 64 Bancos. 65 Sociedades financieras y de capitalización. 66 Seguros. 69 Otras instituciones financieras. División 7 TRANSPORTE, ALMACENAJE Y COMUNICACIONES 71 Transporte terrestre. 72 Transporte marítimo, fluvial y lacuestre. 73 Transporte aéreo. 74 Depósito y almacenaje. 75 Comunicaciones. División 8 SERVICIOS (PÚBLICOS Y PRIVADOS) 81 Servicios gubernamentales. 82 Servicios educativos. 83 Servicios médico-sanitarios y asistenciales. 84 Otros servicios prestados al público. 85 Servicios prestados a empresas. 86 Servicios de esparcimiento. 87 Servicios domésticos. 88 Otros servicios personales. 89 Servicios diplomáticos, consulares y de asistencia técnica. División 9 ACTIVIDADES NO BIEN ESPECIFICADAS Y NO DECLARADAS. PARTE II División 0 ACTIVIDADES AGROPECUARIAS, SILVICULTURA, CAZA Y PESCA 01 Agricultura 011 Actividades agrícolas Cultivos de campo, frutas, semillas, hortalizas y flores, tanto al aire libre como en invernadero; plantaciones de café, cacao y coco. 012 Actividades pecuarias. Cría de ganado vacuno, caballar, asnal, mular, ovino, caprino, porcino y producción de leche. 013 Actividades avícolas. Aves de corral y producción de huevos. 014 Otras actividades de cría de animales. Apicultura, cunicultura, etc. 015 Servicios agrícolas Recolección, trilla, descascaramiento, desgrane, poda, recogida y empacado de productos agrícolas. 016 Servicios pecuarios y los relativos a otras crías de animales. Esquila, servicio de veterinaria, destrucción de plaga; centro de cuido de animales. 019 Servicios agropecuarios n.e.o.g. Alquiler de maquinaria, sistemas de riego, subastas, etc. 02 Silvicultura y extracción de madera 021 Silvicultura. Bosques; plantación, repoblación y conservación de los mismos; recolección de toda clase de productos no cultivados, tales como gomas y resinas, látex, savias, cortezas de dividive, mangle y otros curtientes, hierbas, frutas y flores silvestres, musgos, hojas, agujas de pino, cañas y raíces. Incluye la extracción, concentración y destilación de savias y la producción de carbón vegetal cuando se efectúa en los bosques. 022 Extracción de madera. Corta de árboles y desbaste de troncos; desbaste y labrado de postes, bloques; rollos y otros productos de la madera; transporte de trozas. Los aserraderos que funcionan en los bosgues figuran en el grupo 251 (aserrado y cepillado de maderas). 03 030 Caza ordinaria y mediante trampas y repoblación de animales Caza de animales salvajes por el procedimiento ordinario y mediante trampas; repoblación de animales con fines lucrativos. (No relacionados con la caza como deporte). 04 Pesca y piscicultura 041 Pesca marítima de altura. Pesca comercial de altura, sin incluir la que efectúan los barcos-fábricas. Comprende la presa o captura de peces, crustáceos y molúscos; la recolección de algas, esponjas y otros productos de alta mar. 042 Pesca en barcos-fábricas. Pesca de altura en barcos-fábricas destinados a la pesca de sardinas y demás especies de peces, crustáceos, moluscos y otros productos de alta mar y de aguas costeras. Estos barcos deben estar provistos de instalaciones para conservar, elaborar o enlatar la pesca. 043 Pesca marítima costera. Pesca comercial de peces, crustáceos, moluscos, algas, esponjas y otros productos de aguas costeras y litorales. 044 Pesca en aguas interiores. Captura de peces y recolección de plantas acuáticas silvestres en aguas interiores y en lagunas artificiales, con objeto de destinarlos al mercado. 045 Piscicultura. Comprende la explotación de criaderos y viveros, repoblación, siembra y conservación de peces en lagunas y ríos. División l HIDROCARBUROS Y EXPLOTACIÓN DE MINAS Y CANTERAS La extracción de minerales que se encuentran en la naturaleza en estado sólido, líquido o gaseoso. En esta división se incluyen las minas subterráneas y a cielo abierto, las canteras y los pozos de petróleo, con todas las actividades complementarias para preparar y enriquecer minas y otros minerales en bruto, tales como trituración, molienda, lavado y clasificación por calidad. También incluye los trabajos de exploración y la preparación del terreno para las operaciones de extracción y reinyección de gas y otras operaciones de conservación y recuperación de hidrocarburos. 11 110 Explotación de carbón mineral. Las minas que se destinan principalmente a la extracción de antracita y carbones bituminosos, tales como hulla grasa, hulla semigrasa y lignito. También incluye los trabajos de exploración de yacimientos de carbón y la preparación del terreno para las operaciones de su extracción. 12 120 Exploración y explotación de mineral de hierro Comprende los trabajos de exploración y explotación de mineral de hierro y la preparación del terreno para su extracción. 13 Exploración y explotación de otros minerales metálicos. Las minas que se dedican a la extracción de minerales metálicos. También incluye los trabajos de exploración para la extracción y la preparación del terreno para la extraccíón de esos minerales (excepto el hierro). 131 Oro. 132 Cobre. 133 Aluminio. 134 Ferrometales. 135 Metales radiactivos. 139 Minerales metálicos n.e.o.g. 14 Extracción de piedra, arcilla y arenas. La extracción de piedra (incluye pizarra) para construcción de edificios y erección de monumentos; arcillas para cerámica, refractaria y otros tipos, y arena y grava de toda clase. Los establecimientos dedicados principalmente a modelar o pulverizar, triturar la piedra, grava, arcilla o arena, figuran en el grupo 339 (Fabricación de productos no metálicos n.e.o.g.) 141 Extracción de piedra. 142 Extracción de arcilla. 143 Extracción de arena. 15 Hidrocarburos La explotación de pozos de petróleo crudo y gas natural, incluídos los trabajos de exploración y perforación y la explotación de lutitas y arenas bituminoias, inclusive la extracción de petróleo crudo. La explotación de oleoductos como operación independiente figura en el grupo 719. (Transporte terrestre n.e.o.g.) 151 Exploración de petróleo. 152 Explotación de petróleo. 153 Exploración y explotación de gas natural. 154 Asfalto. 159 Otros hidrocarburos. 19 Extracción de minerales no metálicos no clasificados en otra parte. 191 Explotación de sal común. La extracción de sal, inclusive las operaciones de evaporación en salinas, molienda, cribado y su refinación. La refinación de sal comestible en establecimientos no destinados a la extracción de la sal figuran en el grupo 209. (Industrias alimenticias diversas). 192 Extracciones de sales y otros minerales para la industria química. La extracción de minerales de fosfato y nitrato, espatofluor, minerales de azufre natural, minerales de potasa, sodio y borato, barita, piritas; minerales de arsénico, estroncio y litio y pigmentos minerales. Este grupo comprende también la extracción del guano. 193 Explotación de asbesto. 199 Extracción de otros minerales no metálicos n.e.o.g. La extracción en minas y canteras de materiales como yeso, mica, cuarzo, substancias abrasivas naturales (distintas de la arena), grafito, talco y esteatíta, gemas naturales y todos los demás minerales no metálicos no clasificados en otra parte. La extracción y corte de turba se incluye en este grupo. También se incluyen los trabajos de exploración en busca de minerales no metálicos, excepto carbón y petróleo. Los establecimientos dedicados principalmente a moler estos minerales, triturarlos, pulverizarlos, etc. se clasifican en el grupo 339. (Fabricacíón de productos no metálicos n.e.o.g.) Divísión 2-3 INDUSTRIAS MANUFACTURERAS Se entiende por industria manufacturera la transformación mecánica o química de substancias inorgánicas u orgánicas en productos nuevos, ya sea que el trabajo se efectúe con máquinas o a mano, en fábricas o en el domicilio, o que los productos se vendan al mayor o al detalle. El montaje de las partes que componen los productos manufacturados también se considera como industria manufacturera, excepto en los casos en los cuales tal actividad pueda propiamente incluirse en el grupo 400 (construción). Los establecimientos que se dedican principalmente a trabajos de reparación figuran en la División de la Industria Manufacturera correspondiente a la clase de producto reparado, cualquiera que sea el cliente. 20 Industrias manufactureras de productos alimenticios excepto las de bebidas Incluye la elaboración de alimentos para el consumo humano y productos conexos, tales como goma de mascar, especias y alimentos preparados para animales y aves de corral. 201 Matanza de ganado, preparación y conservación de carnes, mataderos y frigoríficos; establecimientos dedicados a la matanza, preparación, conservación de carne de ave, conejos y caza menor. Se incluyen las operaciones de elaboración y conservación, tales como la de curado, ahumado, salazón, conservación en salmuera o vinagre y enlatado en recipientes herméticos, y las de congelación rápida. También se incluye la preparación de tripas para embutidos y la extracción y refinación de manteca de cerdo y otras grasas animales comestibles. 202 Fabricación de productos lácteos. Fabricación, preparación y transformación de mantequillas y quesos; fabricación de leche condensada y otras clases de leche concentrada, helados, sorbetes y otros producttos lácteos alimenticios. También se incluye la pasteurización y envase de la leche. 203 Envase y conservación de frutas, legumbres, pescado y demás productos marinos. El envase (en recipientes herméticos) de frutas y legumbres inclusive jugos de frutas y legumbres; preparación de pasas y frutas secas, conservas, mermeladas y jaleas; encurtidos y salsas; sopas en latas; deshidratación y congelación rápida de frutas y legumbres. Conservación y preparación de pescado y otros productos marinos. Esta preparación comprende el proceso de salazón, secado, deshidratación, ahumado, curado, conservación en salmuera o vinagre, el envasado hermético y la congelación rápida de productos. La conservación en hielo, salazón y praparación del pescado en filetes se clasifican en los grupos 041 (pesca marítima de altura) y 043 (pesca marítima costera) o en los grupos 044 (pesca en aguas interiores), según el caso. La elaboración de la pesca a bordo de los barcos pesqueros se clasifica en el grupo 042 (pesca en barcos-fábricas). 204 Manufactura de productos de molino y de panadería. Molinos harineros y otros (harinas y forrajes); el proceso de descascarar, limpiar y pulir el arroz; los cereales preparados tales como avena, arroz, copos de maíz, copos de trigo y semillas secas de leguominosas; harina mezclada y preparada y otros productos a base de cereales y leguminosas. Los molinos, para descascarar café, y para mondar leguminosas y raíces están incluídos en este grupo. Los alimentos preparados para animales y aves figuran en el grupo 205 (fabricación de alimentos para animales) Fabricación de pan, tortas, galletas, pasteles, pastas, levaduras y otros productos de panadería que se deterioran con facilidad; bizcochos y otros productos de panadería. Los macarrones, fideos, tallarines y otras pastas se incluyen en este grupo. 205 Fabricación de alimentos para animales. Molienda, trituración, mezcla y envase de productos alimenticios destinados al consumo animal. Incluye los alimentos para todo tipo de ganado, aves de corral y animales domésticos. 206 Fabricación de aceites y grasas comestibles Fabricación de aceites para mesa, hidrogenación de grasas vegetales destinadas a la fabricación de margarina y grasas para cocinar. Incluye los procesos de mezcla y envase de aceites y grasas. 207 Fabricación de cacao, chocolate y confitería (Incluye elaboración de papelón). Fabricación y refinación de azúcar en bruto, jarabes y azúcar cristalizada o granulada, papelón y panelas. 208 Fabricación de cacao, chocolate y confitería. Fabricación de cacao y chocolate en polvo a base del grano de cacao; chocolate y toda clase de artículos de confitería, tales como dulces, caramelos, chocolates, pastillas y confites blandos; frutas confitadas; nueces azucaradas; nueces saladas, dátiles rellenos y productos similares; goma de mascar. 209 Industrias alimenticias diversas. Industrias alimenticias no clasificadas en otra parte, tales como las de almidón y sus derivados; extractos y jarabes para dar sabor a los alimentos; condimentos, mostaza y vinagre; pasteles de carne y especialidades culinarias; preparación de los huevos para su conservación; molienda de especias; tostado de café; sal refinada para la alimentación; fabricación y almacenaje de hielo, excepto hielo seco. La fabricación de hielo seco se clasifica en el grupo 313 (fabricación de gases industriales: oxígeno, acetileno, cloro, etc.) 21 Industrias de bebidas Fabricación de bebidas espirituosas destiladas, vinos, bebidas malteadas, bebidas no alcohólicas y gaseosas. El embotellado que no implique preparación o fabricación de bebidas, figura en el grupo 617. (Productos alimenticios, bebidas y tabaco). 211 Destilación y rectificación de rones y aguardientes. La destilación de alcohol etílico para todo uso, la destilación, rectificación y mezcla de rones y aguardientes y su añejamiento. Desnaturalización de alcoholes. 212 Destilación, rectificación y mezcla de otras bebidas espirituosas. La destilación, rectificación y mezcla de bebidas alcohólicas tales como whisky, coñac, ginebra, cordiales y bebidas compuestas ("cocktails") y su proceso de añejamiento. 213 Industrias vinícolas. La producción de vinos, sidras y otras bebidas fermentadas, excepto las malteadas. 214 Fabricación de cerveza y malta. La producción de malta y cervezas. 215 Fabricación y embotellamiento de refrescos y bebidas gaseosas no alcohólicas. 216 Embotellamiento de aguas minerales gasificadas o no. Incluye la gasificación y embotellamiento de aguas minerales naturales y artificiales. 219 Fabricación de bebidas n.e.o.g. 22 Industria del tabaco. La fabricación de productos del tabaco, tales como cigarrillos, cigarros, picadura, tabaco para mascar, rapé y chimó. También se incluye el desvene, la resecación y otros trabajos efectuados después de realizadas las subastas, relacionados con la elaboración de la hoja del tabaco. 221 Fabricación de cigarrillos. 222 Fabricación de tabacos (Puros) 229 Fabricación de tabaco de mascar, picadura y otros productos del tabaco n.e.o.g. 23 Industria textil Preparación de fibras textiles para el hilado; fabricación de hilados, hilos, géneros tejidos en telar, géneros tejidos a máquina, encajes, pasamanería, alfombras; ropa tejida a máquina; teñido y acabado de hilados y telas; fabricación de hule, linóleo y cuero artificial; apresto a impermeabilización de tejidos; fabricación de mecates, sogas y cordeles. 231 Fabricación de hilados. Preparación de las fibras para hilarlas mediante procesos tales como el desmote, enriado, macerado, limpieza, cardado, peinado y carbonizado; molinaje e hilado, incluye también la fabricación y elaboración de fibras textiles artificiales. 232 Fabricación de tejidos y acabados textiles. Manufactura, blanqueo y teñido de tejidos y otros artículos textiles menudos; fabricación de tapices y alfombras; fabricación de encajes, tejidos prensados y otros productos primarios. Fábricas de hilados, tejidos y yute. El hilado y tejido de asbesto se clasifica en el grupo 338 (Fabricación de asbesto y asbesto-cemento). 233 Fabricación de tejidos de punto. Establecimientos tales como calceterías o fábricas de tejidos de punto, dedicados principalmente a la manufactura de medias y calcetines, ropa interior y de vestir y otras prendas de vestir de tejidos de punto. Incluye su blanqueo y acabado. También comprende la manufactura de prendas de vestir de tejido de punto en la propia fábrica, pero su fabricación en otros establecimientos figura en los grupos 243 (fabricación de camisas y ropa interior para hombres); 244 (confección de trajes y ropa interior para mujeres); 245 (confección de trajes para hombres); 246 (elaboración de prendas de vestir para niños); 247 (fabricación de otras prendas de vestir). La fabricación de encaje hecho a máquina se clasifica en el grupo 232 (fabricación de tejidos y acabados textiles). 234 Fabricación de mecates, sogas y cordeles. Incluye la fabricación de mecates, sogas, cordeles, redes y otros articulos conexos de cáñamo, yute, algodón, papel, paja, lino, sisal y otras fibras. 235 Fabricación de sacos de fibra. 239 Fabricación de textiles n.e.o.g. La fabricación de linóleo y otros productos de superficie dura para cubrir los pisos (excepto el caucho); cuero artificial; hule y otras telas impregnadas e impermeabilizadas; esteras y alfombras de paja; fieltro preparado por procedimientos distintos del tejido; borra, entretelas y otros rellenos de tapicería hechos de cualquier clase de fibras. Se incluye la recuperación de fibras de desperdicios y trapos. El tejido de fieltro se clasifica en el grupo 232 (fabricación de tejidos y acabados textiles). La fabricación de rellenos para tapicería con viruta de madera se asigna al grupo 251 (aserrado y cepillado de maderas). La fabricación de rellenos de asbesto se incluye en el grupo 338 (fabricación de asbesto y asbesto-cemento). 24 Fabricación de prendas de vestir Incluye la fabricación de calzado, guantes, sombreros, ropa, accesorios del vestido y toda clase de artículos textiles confeccionados. La fabricación de prendas de vestir en las fábricas de géneros de punto se clasifican en el grupo 232 (fabricación de tejidos y acabados textiles). 241 Fabricación de calzado, excepto la de calzado de caucho. Incluye la fabricación de toda clase de calzado, polainas y botines de cuero, tela, substancias plásticas, madera y otros materiales, excepto el calzado de caucho vulcanizado que se clasifica en el grupo 303 (fabricación de calzado, tacones y suelas de caucho). La fabricación de hormas para zapatos y botas y los avíos de zapatero están comprendidos en este grupo. 242 Compostura de calzado. La compostura de zapatos y botas (remiendo de calzado). En este grupo se incluyen los establecimientos en donde se compone y fabrica el calzado. 243 Fabricación de camisas y ropa interior para hombres. 244 Elaboración de trajes y ropa interior para mujeres. 245 Elaboración de trajes para hombres. 246 Elaboración de prendas de vestir para niños. 247 Fabricación de otras prendas de vestir. Comprende la confección de formas para sombreros, de sombreros, adornos y accesorios, la fabricación de paraguas y bastones, y otras prendas de vestir impermeabilizadas; ropas de cuero; ropa forrada de piel, cinturones de fantasia de cualquier material; pañuelos, birretes y togas académicas; hábitos sacerdotales y trajes para representaciones teatrales. 248 Fabricación y confección de artículos de materiales textiles, excepto prendas de vestir. Comprende a los fabricantes no dedicados a la manufactura de tejidos, sino principalmente a la fabricación de artículos para el hogar, tales como cortinas, tapicerías, sábanas, fundas de almohadas, servilletas, manteles, cobertores, cubrecamas, almohadas, bolsas para ropa sucia, fundas para muebles, bolsas de materias textiles, artículos de lona; adornos de tela; bordados; estandartes, banderas a insignias. Se incluye también los talleres dedicados a trabajos de pespunte, plisado y encarrujado para la industria. 25 Industria de la madera y del corcho, excepto la fabricación de muebles. Comprende los aserraderos y talleres de cepillado, la fabricación de tablas, ripias, madera para toneles, planchas y madera terciada y contraenchapada; establecimientos dedicados a la conservación de la madera y a la fabricación de productos acabados, hechos todos o en parte de madera, bambú, caña y corcho. La fabricación de muebles de madera figura en el grupo 261 (fabricación de muebles de madera); la fabricación de pianos e instrumentos musicales de madera se incluye en el grupo 395 (fabricación de instrumentos musicales). 251 Aserrado y cepillado de maderas. La manufactura de maderas; materiales de madera para la construcción y piezas y estructura prefabricadas; madera para toneles. Queda comprendida en este grupo la conservación de la madera. También se incluyen aserraderos y talleres cepillado, móviles o fijos, funcionen o no en el propio bosque. El desbaste y labrado de postes, rollos y otros productos de la madera se clasifican en el grupo 022 (extracción de la madera) 252 Elaboración de madera contraenchapada. Manufactura y fabricación de perfiles de madera, maderas terciadas, contraenchapadas y birutas. 253 Fabricación de envases de madera. La fabricación de cajas, jaulas; tambores, barriles y toneles y otros envases de madera; canastos y otros envases de palma, carrizos o mimbre y artículos menudos hechos entera o principalmente de palma, carrizo, mimbre u otras cañas. 259 Fabricación de productos de madera, corcho y cañas n.e.o.g. La fabricación de productos de corcho; artículos menudos fabricados entera o principalmente de madera; escaleras, hormas, bloques, mangos, clavijas, perchas, varillas, guarniciones para caballerías y tallas de madera; marcos para cuadros y espejos; ataudes. 26 Industria del mueble y sus accesorios. Incluye la fabricación y reparación de muebles para el hogar, oficinas, edificios públicos, despachos profesionales y restaurantes; instalaciones de oficinas y tiendas, mamparas, persianas y toldos de cualquier material para puertas y ventanas, fabricación y reparación de colchones, trabajos de tapicería excepto los ya indicados en otros grupos. 261 Fabricación de muebles de madera. 262 Fabricación de muebles de metal. 263 Fabricación de muebles de otros materiales. Incluye la fabricación de muebles no clasificados en grupos anteriores. 264 Tapizado, Tapiceria: producción y reparación de asientos, sillas y otros muebles y tapizado de vehículos y otros con fines especiales. 265 Fabricación de colchones. 266 Fabricación de persianas, toldos y mamparas. 269 Fabricación de otros accesorios para muebles n.e.o.g. Incluye la fabricación de muebles combinados y otros accesorios de madera y de metal relacionados con el mueble. 27 Industria del papel, cartón y sus productos. Fabricación de papel y cartón y de artículos de pulpa de madera, papel y cartón. 271 Fabricación de pulpa de madera, papel y cartón. La fabricación de pulpa a partir de la madera, trapos y otras fibras y la fabricación de papel, carbón y papel de fibra para construcciones. Está incluído el enlucido, satinado y laminado de papel y cartón, con excepción de la fabricación de papel asfaltado y alquitrañado que se incluye en el grupo 329 (fabricación de productos derivados del petróleo y del carbón) el papel abrasivo que está incluído en el grupo 339 (fabricación de productos no metálicos n.e.o.g.) el papel sensible está clasificado en el grupo 392 (fabricación de aparatos fotográficos e instrumentos de óptica) y el papel carbón y las matrices de papel encerado (stencils), que corresponden al grupo 399 (Industrias manufactureras n.e.o.g.). 272 Fabricación de artículos de pulpa de madera, papel y cartón. La fabricación de artículos de pulpa de madera, comprimida y moldeada tales como platos y utensilios, vasos, servilletas, toallas, bolsas de papel, cajas y otros envases; tarjetas, sobres y papel de cartas; papel de empapelar; papel higiénico; pitillos de papel, montajes de papel, recortado y patrones; cartón piedra y otros artículos hechos de papel o cartón. 28 Industria de las artes gráficas. Comprende los establecimientos dedicados a imprimir, litografiar y publicar periódicos, revistas, libros, mapas, atlas, partituras musicales y guías; trabajos de impresió comercial o por contrato; litografía comercial; fabricación de tarjetas; fabricación de cuadernos de hojas sueltas y carpetas para biblioteca; encuadernación de libros; cuadernos de hojas en blanco; rayado de papel y otros trabajos relacionados con la encuadernación, tales como el bronceado, dorado y bordeado (marroquinería) de libros o papel y el corte de los cantos; montaje de mapas y muestras; los servicios relacionados con las imprentas, tales como la composición de tipo, el grabado a mano y al agua fuerte de planchas de acero y bronce; grabado en madera; fotograbado; electrotipia y estereotipia. Las fundiciones de tipos de imprenta figuran en el grupo 359 (fabricación de productos metálicos n.e.o.g.). El grabado en metales preciosos figura en el grupo 394 (fabricación de joyas y artículos conexos). 281 Imprenta, litografías y tipografía en general Comprende los establecimientos dedicados a litografía e imprenta. 282 Impresión de periódicos, revistas y libros. Comprende los establecimientos destinados a imprimir principalmente periódicos, revistas y libros. 283 Servicios conexos con la industria de las artes gráficas. Comprende los servicios relacionados con las imprentas, tales como la composición de tipo, encuadernación, el grabado a mano y al agua fuerte de planchas de acero y bronce; grabado en madera; fotograbado; electrotipia y estereotipia. Las fundiciones de tipos de imprenta figuran en el grupo 359 (fabricación de productos metálicos n.e.o.g.). El grabado en metales preciosos figura en el grupo 394 (fabricación de joyas y artículos conexos). 29 Industria del cuero y productos del cuero y piel, excepto el calzado y otras prendas de vestir. El curtido, adobo y apresto de toda clase de cueros y pieles y la fabricación de productos de cuero y piel, con excepción del calzado y otras grendas de vestir. La fabricación de calzado figures en el grupo 241 (Fabricación de calzado excepto la de calzado de caucho) y la fabricación de ropa de cuero y piel en el grupo 247 (fabricación de otras prendas de vestir). 291 Curtiembre o tenería y acabado de cuero y pieles. Incluye los establecimientos dedicados al curtido, adobo, acabado. repujado y charolado del cuero. 292 Fabricacón de artículos de piel, excepto prendas de vestir. El raspado, curtido, decoloración y teñido de pieles. La fabricación de alfombras y felpudos de piel, pieles para sombreros y otros artículos de piel y cuero, excepto prendas de vestir. Incluye las peleterías. 293 Fabricación de artículos de cuero (talabartería) excepto calzado y otras prendas de vestir Fabricación de artículos de cuero (excepto calzado y otras prendas de vestir) tales como maletas, bolsos de mano, carteras, cigarreras, portallaves, portamonedas, sillas de montar, arneses, látigos y otros artículos de cuero o de sustitutos del cuero; incluye las talabarterías. La fabricación de guarniciones de madera para caballerías se clasifica en el grupo 259 (fabricación de productos de madera, corcho y cañas n.e.o.g.) 30 Industria del caucho. La fabricación de toda clase de productos tales como neumáticos (cauchos) y cámaras de aire (tripas) para vehículos, calzado de caucho vulcanizado, artículos de caucho para usos industriales y mecánicos. Artículos diversos como por ejemplo, guantes, esteras, esponjas y otros productos de caucho vulcanizado hechos de caucho natural o sintético, gutapercha; y balatá. Se incluye el caucho regenerado obtenido de los neumáticos usados, desperdicios, fragmentos y desechos. Se incluye también la reconstrucción, reencauchado y vulcanización de neumáticos. El baño, mezcla, laminación, corte en trozos y demás procesos relacionados con la elaboración del caucho natural, excepto los que se realizan en las plantaciones, que se clasifican en el grupo 021 (Silvicultura). 301 Fabricación de neumáticos (cauchos) y cámaras de aire (tripas). 302 Vulcanización y reencauchado. 303 Fabricación de calzado, tacones y suelas de caucho. 309 Fabricación de otros artículos de caucho n.e.o.g. Incluye la fabricación de guantes, esteras, alfombras y otros productos hechos de caucho natural o sintético, para usos industriales y mecánicos. Incluye la laminación, corte en trozos y demás procesos relacionados con la elaboración del caucho natural, excepto los que se realizan en las plantaciones que se clasifican en el grupo 021 (Silvicultura) 31 Industria química. Productos químicos industriales esenciales, inclusive abonos. Comprende la fabricación de productos químicos industriales esenciales, orgánicos e inorgánicos, tales como ácidos, bases y sales. Productos químicos intermedios para teñir, pinturas, lacas y pigmentos; explosivos y fuegos artificiales; fibras, recinas, plásticos, elastómetros y cauchos sintéticos y abonos. También se incluye la fabricación de sustancias químicas destinadas a la investigación nuclear. 311 Fabricación de productos y substancias químicas industriales básicas, tales como ácidos, bases y sales, excepto los producidos por la industria petroquímica. 312 Petroquímica (resinas, plásticos, caucho sintético, explosivos, fertilizantes e insecticidas). 313 Fabricación de gases industriales (oxígeno, acetileno, cloro, etc.). 314 Fabricación de aceites y grasas vegetales y animales para uso industrial. 315 Fabricación de pinturas, barnices y lacas. La fabricación de pinturas; barnices, barnices de fondo, lacas, esmaltes y charoles. 316 Fabricación de productos medicinales y farmacéuticos. 317 Fabricación de perfumes, cosméticos y otros artículos de tocador 318 Fabricación de detergentes, jabones y otros artículos destinados al lavado y aseo. 319 Fabricación de otros productos químicos n.e.o.g. Incluye la fabricación de fósforos (cerillas), velas esteáricas, insecticidas, fumicidas, etc. 32 Fabricación de productos derivados del petroleo y del carbón. Refinerías de petróleo y otros establecimientos dedicados a la manufactura de productos derivados del petróleo y del carbón. 321 Refinación de petróleo. Refinerías de petróleo que producen combustibles, aceites combustibles, aceites y grasas lubricantes y otros productos derivados del petróleo. 329 Fabricación de productos derivados del petróleo y del carbón. Fabricación de materiales para pavimentación y techado a base de asfalto, briquetas de combustible y combustible, aglomerado. Se incluye la destilación de carbón en los hornos de coque cuando esta operación no se relaciona con la fabricación de hierro en lingotes ni con la fabricación y distribución de gas y carbón. Los hornos de coque que trabajan para la industria del hierro y el acero se clasifican en el grupo 341 (Industria siderúrgica) y las fábricas de gas en el grupo 521 (Transmisión de gas) 522 (Distribución de gas doméstico e industrial) 523 (Licuefacción de gas). 33 Fabricación de Productos de minerales no metálicos, excepto los derivados del petróleo y del carbón. Fabricación de productos de arcilla; vidrio y productos de vidrio; cerámica (objetos de barro, loza y porcelana); cemento; productos de hormigón y otros productos de minerales no metálicos. 331 Fabricación de productos de arcilla para construcción (alfarería). Fabricación de productos de arcilla para construcción tales como ladrillos, baldosas, tuberías, crisoles y barro cocido para usos arquitectónicos; revestimiento para hornos, tubos; artículos refractarios. 332 Fabricación de vidrio y productos de vidrio. La fabricación de vidrio y productos de vidrio, excepto el tallado de lentes ópticos que se clasifica en el grupo 392 (Fabricación de aparatos fotográficos e instrumentos de óptica). 333 Fabricación de objetos de barro, loza, porcelana y yeso. 334 Fabricación de cemento. Los establecimientos que fabrican toda clase de cemento como cemento Portland, natural, para albañilería, morteros de puzolana, fibrocemento y cemento romano. 335 Fabricación de productos de cemento. Incluye la fabricación de tubos, bloques, mosaicos, baldosas, granito. 336 Fabricación de cal y yeso. 337 Tallado de productos de piedra y mármol. 338 Fabricación de asbesto y asbesto-cemento. 339 Fabricación de productos no metálicos n.e.o.g. La fabricación de productos de hormigón, inclusive hormigón preparado; lana mineral y productos de piedra; abrasivos; productos de grafito y todos los demás productos de minerales no metálicos no clasificados en otra parte. 34 Industrias metálicas básicas. Comprende la fundición y refinación de metales; laminación, estirado y aleación; la fabricación de hierro colado, forjado y otras formas básicas de metales ferrosos y no ferrosos. 341 Industria siderúrgica. La fabricación de productos básicos de hierro y acero, que incluye todo el proceso de transformación desde la fundición en altos hornos hasta la fase de productos semi-acabados en talleres de laminación y fundiciones. También se incluyen los hornos de coque vinculados con altos hornos. 342 Industria del aluminio. Comprende la fundición, refinación del aluminio y su transformación en formas básicas. 343 Industrias básicas de otros metales no ferrosos La fundición y refinación de otros metales no ferrosos y su transformación en formas básicas. 35 Industria metalúrgica, excepto maquinaria y equipo de transporte La transformación de formas metálicas básicas en productos acabados, tales como envases de hojalata y otros artículos de hojalata; herramientas de mano; cuchillería y ferretería; baterías de cocina; estampados metálicos; artefactos eléctricos; artículos fabricados de alambre; embalajes metálicos; cajas fuertes y cámaras de seguridad; resortes de acero; tornillos, tuercas, arandelas y remaches; tubos plegables; armas de fuego, sus accesorios y todos los demás productos metálicos no clasificados en otra parte. En este grupo se incluyen las industrias que se dedican a esmaltar, barnizar, laquear, galvanizar, dorar, niquelar, pulir artículos metálicos y los trabajos de herrería y soldadura. La fabricacicin de artículos de plata y joyería figuran en el grupo 394 (fabricación de joyas y artículos conexos). La fabricación de piezas especiales para automóviles, aviones y barcos aparecen en el grupo correspondiente de la agrupación 38 (industria de la construcción y reparación de material de transporte) 351 Fabricación de envases metálicos y artículos de hojalata. 352 Fabricación de herramientas de mano, artículos de ferretería, cuchillería y otros similares. 353 Elaboración de estructuras metálicas (incluye soldadura). 354 Galvanoplastia, grabado, niquelado, dorado, barnizado, laqueado y pulitura de artículos metálicos. 359 Fabricación de productos metálicos n.e.o.g. Construcción de cámaras de seguridad, cajas fuertes, tubos plegables, armas de fuego y todos los productos metálicos n.e.o.g. 36 360 Industria de la construcción y reparación de maquinaria excepto la maguinaria eléctrica. La construcción de maquinaria y motores primarios, excepto material eléctrico. Se incluyen tractores y transportadores agrícolas e industriales; refrigeradores; aparatos para extracción, ventilación y acondicionamiento de aire; máquinas de coser y lavar; máquina de oficina, tales como las de escribir y calcular; cajas registradoras y equipos de contabilidad. También incluye los talleres mecánicos dedicados a la fabricación y reparación de piezas de maquinaria y equipo. La producción de cojinetes de bolas e instrumentos de medidas de precisión para maquinistas y otros instrumentos mecánicos de este género. La fabricación de motores de automóviles, aviones, barcos y otras piezas especiales figura en el grupo correspondiente de la agrupación 38 (Industria de la construcción y reparación de material de transporte). 37 370 Industria de la construcción y reparación de maquinaria, aparatos, accesorios y artículos eléctricos. La fabricación de méquinas, aparatos y artículos para la producción, acumulación, transmisión y transformación de la energía eléctrica tales como generadores y aparatos de transmisión y distribución de la electricidad. Accesorios eléctricos como: aspiradoras, ventiladores, estufas y cocinas. Alambre y cable aislado; material eléctrico para vehículos automotores, aviones, locomotoras y vagones de ferrocarril; lámparas eléctricas; equipo de comunicación y productos anexos; inclusive radios; fonógrafos; baterías eléctricas; aparatos de radiografía y de terapéutica y válvulas electrónicas. Se incluye también la reparación de maquinarias y artefactos eléctricos. Quedan excluídos los instrumentos para medir y registrar la cantidad y características de la electricidad que figuran en el grupo 391 (fabricación de instrumentos profesionales, cientifícos, de medida, de control y precisión). 38 Industria de la construcción y reparación de material de transporte. La construcción y reparaci6n de material para el transporte de pasajeros y carga por tierra, mar y aire. 381 Construcción naval y reparación de barcos. Comprende los astilleros destinados a trabajos de construcción y reparación de barcos; los establecimientos que se especializan en la construcción de motores y piezas para navíos y los astilleros de desmantelamiento de naves. 382 Construcción y reparación de equipo ferroviario. La construcción y reconstrucción de locomotoras de cualquier tipo o ancho de trocha y de vagones de ferrocarril para el servicio de carga y pasajeros; la producción de repuestos especiales para material rodante y de tracción. En este grupo se incluye la construcción de locomotoras y vagones de ferrocarril por las compañías ferroviarias y los trabajos de reparación efectuados en sus propios talleres. 383 Construcción y ensamblaje de vehículos automotores. La construcción y ensamblaje de vehículos automotores completos, tales como: automóviles, motonetas y motocicletas, omnibus comerciales, camiones, remolques, vehículos para toda clase de transporte y para usos especiales (ambulancias, taxímetros, etc.). La fabricación de piezas y accesorios para vehículos automóviles tales como: motores, frenos, embragues, ejes, engranajes, transmisiones, ruedas y chasis. En este grupo no se incluye la fabricación de neumáticos y cámara (grupo 301), ni la construcción de tractores agrícolas y para otros usos; los carros elevadores de horquilla (grupo 360). 384 Reparación de vehículos automotores. Incluye la reparación de automotores y toda clase de trabajos especializados de reparación como: la compostura de capotas de automóviles y del sistema eléctrico. 385 Construcción y repararación de bicicletas. Comprende la construcción de bicicletas, triciclos, vehículos de pedal, y sus piezas, tales como: sillines, ejes de sillín, cuadros, engranajes, piñones y manillares. 386 Montaje y reparación de aviones. Montaje y reparación de aviones, planeadores y sus partes, tales como: motores, hélices, flotadores y trenes de aterrizaje. La fabricación de instrumentos de navegación aérea figura en el grupo 391 (fabricación de instrumentos profesionales, científicos, de medida, de control y precisión). 389 Fabricación del material de transporte n.e.o.g. Fabricación de material de transporte no clasificado en otra parte como vehículos de tracción animal y de propulsión a mano. 39 Industrias manufactureras diversas. Comprende las industrias manufactureras que no figuran en ninguna otra agrupación. 391 Fabricación de instrumentos profesionales, científicos, de medida, de control y precisión. La fabricación de instrumentos científicos de medida, de control, precisión, de laboratorio, los instrumentos y artículos de cirugía general, medicina y cirugía dental. La fabricación de instrumentos ópticos, científicos y médicos figura en el grupo 392 (fabricación de aparatos fotográficos e instrumentos de óptica); la fabricacidn y reparación de aparatos de radiografía y de electroterapia en el grupo 370 (Industria de la construcción y reparacíón de maquinaria, aparatos, accesorios y artículos eléctricos) y la producción de bombas volumétricas rotativas en el grupo 360 (industria de la construcción y reparación de maquinaria, excepto la maquinaria eléctrica). 392 Fabricación de aparatos fotográficos e instrumentos de óptica. La fabricación de instrumentos de óptica y lentes, artículos oftálmicos, y de aparatos y artículos fotográficos, inclusive películas, placas y papel sensible, tallado de vidrios ópticos. Este grupo abarca los instrumentos ópticos, médicos y científicos. 393 Reparación de relojes. La reparación de relojes de todos los tipos, fabricación de piezas, cajas para relojes y mecanismos para dispositivos de tiempo. 394 Fabricación de joyas y artículos conexos. Fabricación de joyas, platerías y servicios de plata, a base de metales preciosos, piedras preciosas, semipreciosas y perlas. Comprende el corte, tallado, pulido de piedras preciosas y semipreciosas. El estampado de medallas y la acuñación de monedas. 395 Fabricación de instrumentos musicales. La fabricación y reparación de instrumentos de música tales como pianos, instrumentos de cuerda, de viento, de percusión y matrices para discos fonográfícos. La fabricación de fonógrafos grabadores y reproductores de sonidos figuran en el grupo 370 (industria de la construcción y reparación de maquinaria, aparatos, accesorios y artículos eléctricos). 396 Fabricación de artículos de material plástico. Cajas, cubiertas, forros, piezas para máquinas de materiales plásticos y otros articulos de materiales plásticos moldeados o extruídos; redes para el pelo, pelucas y otros artículos plásticos. 397 Fabricación de escobas, cepillos y otros artículos similares. 398 Fabricación de juguetes y artículos para deportes. 399 Industrias manufactureras n.e.o.g. Se incluyen los trabajos de reparación que no puedan clasificarse en ningún otro grupo de la división de industrías manufactureras. División 4.- CONSTRUCCIÓN 40 400 Construcción La construcción, reparación y demolición de edificios, carreteras, calles y atarjeas, los trabajos básicos de construcción, tales como alcantarillas y conducciones de agua, terraplenes de ferrocarril, vías férreas, muelles, túneles, ferrocarriles subterráneos, carreteras elevadas, puentes, viaductos, presas, obras de drenaje, trabajos sanitarios, acueductos, obras de riego y control de las inundaciones, centrales hidroeléctricas, instalaciones hidráulicas, conducciones de gas, oleoductos y otros tipos de construcción fundamental; trabajos marítimos, tales como dragado, eliminación de rocas submarinas, instalación de pilotes, bonificación de tierras, construcción de puertos y canales; perforación de pozos de agua; aeropuertos; campos de atletismo; canchas de golf; piscinas; canchas de tenis; zonas de estacionamiento; sistema de comunicación; tales como líneas telefónicas y telegráficas, y toda otra clase de construcción realizada por empresas particulares o autoridades públicas. También se incluyen en este grupo a los contratistas especializados en el ramo de construcción, tales como: carpinteros de armas, plomeros enlucidores y electricistas. Esta división no comprende los trabajos de construcción, reparación y demolición realizados accesoriamente por el personal de una empresa para su propio uso, si tal empresa figura en otra división. Cuando se efectúan como parte de las actividades mineras, las operaciones de excavación, eliminación de escombros, apertura de pozos o galerías, y dragado, se clasifican en el grupo correspondiente de la división 1 (hidrocarburos y explotación de minas y canteras). División 5.- ELECTRICIDAD, GAS, AGUA Y SERVICIOS SANITARIOS 51 Electricidad Producción, transmisión y distribución de energia eléctrica. 511 Generación hidráulica. 512 Generación térmica. 513 Generación eléctrica por otros medios. 514 Transmisión y distribución de energía eléctrica. 52 Gas y vapor. La producción de gas en fábricas y su distribución y la transmisión y distribución de gas natural para el consumo doméstico e industrial. La producción y distribución de vapor para calefacción y fuerza motriz. 521 Transmisión de gas. 522 Distribución de gas doméstico e industrial. 523 Licuefacción de gas. 524 Vapor para calefaccida.y fuerza motríz. 53 530 Abastecimiento de agua. La captación, purificación y distribución de agua para uso doméstico e industrial. El funcionamiento de los sistemas de riego figura en el grupo 015 (servicios agrícolas). 54 Servicios sanitarios. Destrucción de desperdicios y eliminación, de aguas negras. Los sistemas de drenaje están incluídos en este grupo. 541 Eliminación de aguas negras. 542 Destrucción de desperdicios. Comprende todos los tipos de destrucción de basuras y desperdicios bien sea en la superficie o en hornos crematorios y por otros procedimientos. División 6.- COMERCIO E INSTITUCIONES FINANCIERAS. 61 Comercio al por mayor. La reventa (sin transformación) de productos y unidades industriales o comerciales a instituciones y al Estado. Importadores y exportadores; oficinas y agentes de ventas de empresas manufactureras; comisión y corretaje; lonjas de comercio; estaciones de venta de petróleo al por mayor; comisionistas; almacenistas y compradores de productos agrícolas y cooperativas para la venta de productos agrícolas. Incluye la reventa de materiales, maquinarias, equipos industriales y de construcción; maquinaria agrícola, aperos de labranza y suministros; equipo profesional y comercial. También se incluyen las operaciones de almacenaje, clasificación, agrupación y división de la carga y las de reembalaje, excepto en recipientes herméticos, cuando se relacionan con la reventa. 611 Materias primas agrícolas. La reventa de materiles de origen vegetal y animal que, en su mayoría, son objeto de elaboración posterior tales como cereales, algodón, lana, seda y otras fibras, textiles e hilados y desperdicios; tabaco de hoja; cueros; pieles y cueros crudos; ganado vacuno, caballar y mular; aceites crudos, grasas y harinas; caucho en bruto y láminas de caucho; madera en trozas; productos semielaborados y pulpa de madera. 612 Minerales, metales y productos químicos industriales. La reventa de minerales metálicos y no metálicos, excepto piedra, arena y grava. Metales ferrosos y no ferrosos, barras, lingotes, láminas, perfiles, tubos y vaciados. Productos químicos y colorantes industriales, fibras artificiales, materiales plásticos y recinas. Se incluye en este grupo la venta al por mayor de los productos derivados del carbón y del petróleo. 613 Madera aserrada. La reventa de madera aserrada y productos de los talleres de cepillado; materiales para techado y ventanas. 614 Materiales de construcción y artículos de ferretería. La reventa de piedra, arena, grava; materiales de albañilería; materiales para techado y vidrios para ventanas. La reventa al por mayor de herramientas de mano y cuchillería; artículos de porcelana y vidrio; artículos de ferretería para el hogar y para la fabricación de muebles; artículos de ferretería para la construcción; materiales y suministros para fontanería, calefacción y acondicionamiento de aire. 615 Maquinaria y repuestos para la industria, el comercio y otras actividades económicas. La reventa de maquinaria, material y piezas para la industria y el comercio; maquinaria y material para la agricultura; material de transporte para uso profesional y sus accesorios. 616 Muebles, accesorios para el hogar y artefactos eléctricos. La distribución al por mayor de muebles y accesorios para el hogar y la oficina, tales como: alfombras y otros artículos para cubrir los pisos; lámparas y pequeños objetos de adorno para el hogar; artefactos eléctricos; receptores y material de radio y televisión; refrigeración; aparatos, material, conductores y accesorios para instalaciones eléctricas. 617 Productos alimenticíos, bebidas y tabaco. La distribución al por mayor de comestibles, frutas y hortalizas frescas, carne y sus productos, aves de corral y sus productos; pescado y mariscos; leche, mantequilla, queso y otros productos ldcteos. Artículos de confitería, bebidas alcohólicas y no alcohólicas; cigarrillos, tabaco y otros productos del tabaco. 618 Productos textiles, confecciones y calzado. La distribución al por mayor de géneros textiles, tejidos en pieza y mercería; prendas de vestir y accesorios; calctería y calzado. 619 Comercio al por mayor n.e.o.g. La reventa al por mayor de artículos no clasificados en otra parte, tales como: productos farmacéuticos, cosméticos y otros artículos de tocador; papel y artículos de papel; instrumentos de óptica; libros, revistas y artículos para oficina; juguetes, juegos y artículos para deporte; joyería; flores y plantas de almácigo; trapos y papel de desperdicios. Se incluyen los establecimientos al por mayor (exportadores e importadores, agentes, corredores e interediarios) que negocian con una gran variedad de artículos. 62 Comercio al por menor. La reventa de productos (sin transformación) para consumo y uso personal o doméstico. Comprende las estaciones de gasolina y agentes de venta de automóviles; vendedores ambulantes, buhoneros y cooperativas de consumo. La venta de artículos alimenticios y de bebidas para el consumo en los locales correspondientes se clasifica en el grupo 882 (restaurantes, cafés, bares, fuentes de soda y similares). 621 Productos alimenticios y bebidas. Casas de abastos y bodegas; carnicerías, pescaderías y almacenes de venta al por menor de aves de corral; fruterías y verdulerías; panaderías, pastelerías y confiterías; lecherías; venta al por menor de otros productos alimenticios y bebidas alcohólicas y no alcóholicas envasadas. Incluye los mercados libres y supermercados. 622 Productos farmacéuticos. La distribución al por menor de medicamentos, productos farmecéuticos, cosméticos, artículos de tocador, preparados diversos y productos del mismo género. Se incluye la preparación de recetas. 623 Géneros textiles, prendas de vestir y calzado. La vents al por menor de tejidos en pieza y mercería; prendas de vestir y accesorios; botas, zapatos y otros articulos de cuero. 624 Muebles y accesorios para el hogar y artefactos eléctricos. La distribución al por menor de muebles para el hogar; artículos para cubrir los pisos; lámparas, tapicerías, cortinas; refrigeradores, aparatos para acondicionamiento de aire, cocinas, máquinas de lavar, aspiradoras; receptores de radio y televisión, fonógrafos, instrumentos de música, partituras y otros artículos similares. 625 Artículos de ferretería. Distribución al por menor de herramientas de mano; pinturas, papel para empapelar, vidrio; aparatos y artículos para el hogar; cuchillería, artículos de porcelana, de vidrio y pequeños aparatos y accesorios eléctricos. 626 Vehículos automotores, sus repuestos y accesorios. Distribución al por menor de automotores, motocicletas y motonetas; sus piezas y accesorios. 627 Gasolina, otros combustibles y lubricantes. Establecimientos que se dedican principalmente a la venta de gasolina y aceites lubricantes; expendio de otros combustibles como el kerosene, carbón, etc. 629 Comercio al por menor n.e.o.g. Distribución de hielo; puestos de venta de tabaco, cigarrillos y fósforos; periódicos, librerías y papelerías; floristerías y tiendas de artículos para jardín; joyerías, tiendas de artículos para regalos y novedades; tiendas que venden artículos de deporte y bicicletas; instrumentos de óptica, cámaras fotográficas y materiales para fotografía; tiendas de articulos usados y demás tiendas no clasificadas en otra parte. 63 630 Bienes inmuebles. Este grupo abarca las personas que se dedican a negocios inmobiliarios de todas clases, tales como la compra-venta, urbanización y administracíón. También se incluyen las compañías inmobiliarias y otras organizaciones similares cuyos ingresos provienen de la posesión y alquiler de casas, departamentos, garages y estacionamientos públicos y propiedades análogas; agentes de casas e inmuebles y cobradores de alquileres. 64 640 Bancos Bancos comerciales; bancos de crédito hipotecario y bancos del Estado. 65 650 Sociedades financieras y de capitalización. Las sociedades dedicadas a las actividades de financiamiento a mediano y largo plazo y a la emisión de bonos y títulos de capitalización. 66 660 Seguros Compañías de seguros de todas clases: de vida, incendios, marítimos, de accidentes, de enfermedad, de títulos, obligaciones financieras, casos fortuitos, causión y garantía; agencias de seguros; organizaciones que prestan servicios a los aseguradores; consultorías para los asegurados y oficinas de tasación de siniestros. 69 690 Otras instituciones financieras. Casas de cambio, cámaras de compensación, bolsas de valores y cámaras de liquidación; cooperativas de crédito; bolsas de metales preciosos y otros establecimientos financieros, tales como los que se dedican a la compra de patentes y venta de licencias, así como los organizados para la protección de los tenedores de títulos; cooperativas y cajas de ahorro. Division 7 TRANSPORTE, ALMACENAJE Y COMUNICACIONES. Incluye el transporte de pasajeros y de carga por tierra, agua y aire; los servicios relacionados con el transporte los almacenes que proporcionan servicios a personas que no son sus propietarios; empresas telefónicas, telegráficas, de radioeomunicación y otros servicios de comunicaciones. Los estudios de radiodifusión y televisión figuran en el grupo 863 (Radiodifusión y televisión) 71 Transporte terrestre. 711 Transporte ferroviario. Transporte por ferrocarril y servicios conexos, tanto para pasajeros como para carga. 712 Transporte automotor para pasajeros. Incluye el transporte de pasajeros en autobuses y taxis. Urbanos, suburbanos e interurbanos. 713 Transporte automotor para carga. Se incluye el transporte de mercancías en todos los tipos de vehículos automotores. 719 Transporte terrestre noe,oog, Incluye el transporte de petróleo en bruto y refinado y de gas natural por oleoductos y gaseoductos, considerado como operación independiente. También incluye todos los demás servicios de transporte terrestre no clasificados en otra parte. Comprende los servicios conexos con transporte terrestre tales como expediciones, embalajes, agencias de transporte y de turismo, alquiler de vagones de ferrocarril, exámenes de muestras y determinación del peso; también incluye la explotación de corrales para ganado. 72 Transporte marítimo, fluvial y lacustre. 721 Transporte de carga y pasajeros. Transporte de carga y pasajeros por mar, vías de navegación interior y de cabotaje. 722 Otros servicios conexos. Cabotaje y el suministro de servicios inherentes al transporte por agua, tales como: la conservación y explotación de muelles, diques y edificios e instalacianes conexas; pilotaje de barcos; conservación y operación de faros y otras instalaciones para la navegación; carga y descarga de buques; conservación y explotación de canales, salvamento de navíos y cargamentos en peligro. 73 Transporte aéreo. 731 Transporte aéreo de pasajeros y carga. El transporte aéreo de pasajeros y carga, ya sea en aviones del servicio regular o fletados. 732 Transporte aéreo de carga. Transporte aéreo de carga ya sea en aviones de servicio regular o fletados. 739 Otras actividades de transporte aéreo. La explotación de aeropuertos, campos de aterrizaje y otras instalaciones para la navegación aérea, tales como radiofaros, centros de control de vuelo y estaciones de radar. Comprende los servicios conexos con el transporte aéreo, tales como: el embalaje, agencias de transporte y de turismo, alquiler de aviones y determinación del peso, etc. 74 740 Depósito y almacenaje. La explotacíón de servicios de esta índole tales como: almacenes (inclusive los de depósito), frigoríficos, guardamuebles y servicios de cajas de seguridad, cuando tal almacenaje se ofrece como servicio independiente. 75 Comunicaciones. Comprende los servicios de comunicación proporcionados al público por correo, telégrafo o radio, bien sea la recepción acústica o visual. También se incluyen los servicios de intercambio o registro de mensajes. Los estudios de radiodifusión figuran en el grupo 863 (radiodifusión y televisión). 751 Correos Comprende todo lo relativo a la administración de centrales de correo, venta de estampillas, etc. 752 Telecomunicaciones. Otros servicios de comunicaciones. Incluye los servicios de mensajería y otros servicios no incluidos en los grupos anteriores. División 8 SERVICIOS (PÚBLICOS Y PRIVADOS) Servicios gubernamentales. Servicios dependientes de la administración central, estadal o municipal, inclusive organizaciones tales como las fuerzas armadas, la policía, los ministerios y oficinas administrativas del gobierno. En este grupo no se incluyen actividades gubernamentales distintas de las administrativas y reglamentarias, como, por ejemplo, las relativas al transporte, comunicaciones, educación, sanidad, producción, comercio y administración de establecimientos financieros, cada una de las cuales figura junto con otras actividades análogas, en el grupo respectivo. 811 Legislación. Incluye las actividades legislativas tanto en el nivel nacional como estadal. 812 Administración de justicia. Incluye las cortes, los tribunales y servicios conexos con la administración de justicia; tales como cárceles y penitenciarías. 813 Administración central. Son los servicios dependientes de la administración federal. 814 Administración Estadal. 815 Administración Municipal. 816 Defensa Nacional. 817 Seguridad Pública. 819 Otros servicios gubernamentales n.e.o.g. 82 Servicios educativos. Establecimientos de todas las ramas de educación, ya sean oficiales o privados. Este grupo comprende universidades, colegios universitarios, institutos de educación secundaria, formación docente (de maestros y de profesores), escuelas industriales, artesanales y comerciales; escuelas asistenciales (enfermería y trabajo social); escuelas de arte (música, artes aplicadas, artes plásticas, danza, teatro, coros etc.); escuelas primarias, jardines de infancia; institutos de readaptación de menores con trastorno de conducta; escuelas para ciegos y sordomudos; para retrasados mentales; escuelas de enseñanza por correspondencia; escuelas de idiomas (enseñanza directa o por correspondencia); institutos de profesionalización y mejoramiento profesional; escuelas para los servicios administrativos (administración pública, estadística, postal, telecomunicación, etc.); institutos de extensión cultural. Las institutrices empleadas en casas particulares se clasifican en el grupo 870 (servicios domésticos). Las escuelas cuya finalidad principal es el esparcimiento figuran en el grupo 864 (deportes). 821 Pre-escolar y primaria. 822 Secundaria. 823 Formación docente (magisterio) 824 Industrial, artesanal y comercial. 825 Asistencial y artística. 826 Superior. 827 Extensión cultural y academias. 828 Alfabetización y centros de cultura popular. 829 Servicios educativos n.e.o.g. 83 Servicios médico-sanitarios y asistenciales. Servicios médicos, quirúrgicos, dentales y otros servicios sanitarios. Comprende hospitales, sanatorios, clínicas y otras instituciones similares; clínicas de maternidad y pediatría; enfermeras y parteras, bien trabajen en servicios sanitarios organizados o por cuenta propia; salas de consulta o clínicas de médicos, cirujanos y otros profesionales de la medicina; pedicuros osteópatas profesionales que utilizan la fisioterapia y otras prácticas similarese cirujanos-dentistas, laboratorios médicos y dentales. Las instituciones que funcionen sin fines lucrativos para fomentar el bienestar de la colectividad tales como la Cruz Roja,(inclusive las dirigidas por los gobiernos), organizaciones dedicadas a la colecta y distribución de donativos para fines de beneficencia, sociedades de asistencia a la infancia guarderías infantiles, orfanatos, asilos de ancianos, hogares para ciegos, organizaciones de beneficencia a instituciones similares. 831 Hospitales generales. Instituciones que atienden toda clase de especialidades médicas. 832 Hospitales especiales y sanatorios. Instituciones dedicadas a la atención de especialidades médicas en particular, tales como: maternidad, pediatría, oncología, psiquiatría, tisiología, traumatología, poliomelítico, etc. 833 Consultorios y clínicas médicas. 834 Consultorios y clínicas dentales. 835 Laboratorios clínicos y dentales. 836 Servicios generales de higiene. Incluye las unidades sanitarias, servicios de vacunación, y otras actividades epidemiológicas, servicios de higiene escolar y todas las actividades similares. 837 Instituciones de asistencia social. Las instituciones que funcionen sin fines lucrativos para fomentar el bienestar de la colectividad tales como la Cruz Roja, (inclusive las dirigidas por los gobiernos), organizaciones dedicadas a la colecta y distribución de donativos para fines de beneficencia, sociedades de asistencia a la infancia, guarderías infantiles, orfanatos, asilos de ancianos, hogares para ciegos, organizaciones de beneficencia e instituciones similares. 839 Otros servicios médicos y sanitarios n.e.o.g. Se incluyen pedicuros y osteópatas que utilizan las fisioterapia y otras prácticas similares. Enfermeras o parteras que trabajen por cuenta propia, y cualesquiera otros tipos de servicios médico-sanitarios. 84 Otros servicios prestados al público. 841 Institutos científicos y de investigación. Organizaciones dedicadas principalmente a la investigación (por lo general sin fines de lucro), en ciencias agrícolas, biológicas, físicas y sociales. Se incluyen los institutos meteorológicos y las organizaciones dedicadas a investigaciones médicas. Los laboratorios que prestan servicios de análisis, de diagnóstico y de otra índole a médicos y dentistas se clasifican en el grupo 835 (laboratorios clínicos y dentales). Las investigaciones relacionadas con las actividades docentes figuran en la agrupación 820 (servicios educativos). Los departamentos de investigación, funcionen o no en un local distinto, dependientes de establecimientos o grupos de establecimientos cuya actividades pueden clasificarse en un solo grupo de esta clasificación quedan excluidos y deben figurar en el correspondiente grupo. 842 Instituciones religiosas. Organizaciones religiosas y establecimientos mantenidos por ellas para el culto o para el fomento de actividades religiosas. Los demás establecimientos dirigidos por las organizaciones religiosas, tales como hospitales, instituciones docentes y de beneficencia y salas de lectura, figuran en el grupo respectivo. 843 Asociaciones comerciales y profesionales. Asociaciones comerciales, cámaras de comercio, juntas de comercio, asociaciones profesionales. 844 Organizaciones obreras. Comprende los sindicatos y organizaciones similares de obreros y empleados. 849 Servicios prestados al público n.e.o.g. Comprende las organizaciones políticas y asociaciones civicas, sociales y fraternidades. 85 Serviios prestados a empresas. 851 Servicios juridícos. Las oficinas de abogados y apoderados que proporcionan servicios jurídicos a particulares o empresas. Los departamentos jurídicos de las organizaciones clasificadas en otra parte no figuran en este grupo. 853 Servicios técnicos. Asesoría técnica, levantamiento de planos y oficinas de estudios técnicos, científicos y laboratorios de experimentación. Los laboratorios médicos y dentales se clasifican en el grupo 835 (laboratorios clínicos y dentales). Los servicios técnicos relacionados con actividades manufactureras, de construcción o de otra índole, se clasifican en el grupo de la división correspondiente a las industrias manufactureras o a la división que corresponda a la actividad con que estén relacionados los trabajos o experimentos técnicos. 854 Publicidad. Incluye las agencias de publicidad, información, servicios conexos y las agencias de información, de noticias y de servicios conexos. 859 Servicios prestados a empresas n.e.o.g. Incluye las agencias de informaciones sobre créditos de ajustes y cobranza de cuentas; trabajos de duplicación, impresión heliográfica, reproduccidn fotostática, dirección de la correspondencia, envíos postales, y servicios de taquimecanografía; preparacidn y venta de listas clasificadas de domicilios de personas y empresas. 86 Servicios de esparcimiento. 861 Producción, distribución y exhibición de películas cinematográficas. Producción y distribución de películas cinematográficas y explotación de cinematógrafos; servicios relacionados con la producción y distribución de las películas cinematográficas, tales como revelado, corte y montaje de películas; alquiler y reparación del material cinematográfico. 862 Teatro y servicios conexos. Comprende los teatros, compañías de ópera, organizaciones de concierto y compañías teatrales; servicios tales como las agencias de contratación de actores y venta de entradas. 863 Radiodifusión y televisión. Comprende los estudios de radiodifusión y televisión; orquestas para bailes y conciertos, orquestas sinfónicas y artistas empleados a base de contrato o mediante el pago de una suma fija. 864 Deportes. Incluye escuelas y salas de baile; salas de billar; clubes y canchas de beisbol, fútbol y hockey; campos de atletismo y promotores de deporte; playas, piscinas de natación; pistas de patinaje sobre hielo o sobre ruedas; escuelas de equitación; gimnasio; canchas de tenis; campos de golf; polígonos y salas de tiro al blanco y otros deportes, centros de diversión y recreo. 865 Hipódromos y loterías. Incluye la administración y todo to relativo a las actívidades de hipódromos y loterías. 866 Parques mecánicos y centros de diversión. Incluye la administración y todas las actividades relacionadas con los parques mecánicos, centros de diversión y atracciones de ferias y circos. 869 Servicios de esparcimiento n.e.o.g. 87 870 Servicios domésticos. Casas particulares que contratan trabajadores dentro y fuera de la casa para ocupaciones que suelen considerarse como servicios domésticos. Este grupo comprende empleados tales como institutrices, preceptores y secretarios particulares, choferes, jardineros, etc. 88 Otros servicios personales. 881 Hoteles y pensiones. Los establecimientos que, mediante el pago de una suma proporcionan hospedaje, lugar y servicios para acampar, bien estén abiertos al público en general o reservados a los miembros de una organización. Este grupo también incluye los servicios de restaurantes explotados conjuntamente con los de alojamiento. 882 Restaurantes, cafés, bares, fuentes de soda y similares. Incluye los establecimientos que venden al por menor alimentos y bebidas preparados para el consumo inmediato en sus locales. Los restaurantes y la venta en mostradores explotados por hoteles se clasifican en el grupo 881 (hoteles y pensiones). Incluye dancing, boitee y cabarets. 883 Lavanderías y tintorerías. Incluye las lavanderías mecánicas y a mano; suministro de ropa blanca lavada y planchada (uniformes, delantales, manteles, toallas, servilletas o pañales) por contrato y limpieza, planchado, teñido y reparación de prendas de vestir y artículos domésticos. 884 Barberías, peluquerías y salones de belleza. 885 Estudios fotográficos. Estudios fotográficos, revelado e impresión de películas exceptuando las cinematografías, y fotografías para agencias de publicidad, editoriales y otros fines industriales. 889 Servicios personales n.e.o.g. Servicios tales como los de pompas fúnebres, limpieza de calzado, limpieza de ventanas, destrucción de parásitos, desinfección y fumigación, alquiler de trajes y demás servicios personales. 89 890 Servicios diplomáticos, consulares y de asistencia técnica. Servicios prestados por funcionarios de gobiernos extranjeros acreditados en el país con rango diplomático o consular. Se incluye también los servicios prestados por funcionarios de organismos internacionales que realizan funciones de asistencia técnica. División 9 ACTIVIDADES NO BIEN ESPECIFICADAS Y NO DECLARADAS. Incluye las actividades sobre las cuales no se han obtenido datos suficientes que permitan su adecuadn clasificación.